![](https://villanuevadelarzobispo.es/wp-content/uploads/2021/08/CARTEL-PADEL-21a-709x1024.jpg)
APERTURA DE PROCESO DE SELECCIÓN DE
MONITORES/AS DE PADEL Y TENIS
D. GABRIEL FAJARDO PATÓN, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DEL ARZOBISPO (JAEN).
HACE SABER:
QUE EN ATENCIÓN A LAS NECESIDADES DE ESTE AYUNTAMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS CORRESPONDIENTES SERVICIOS MUNICIPALES, Y DADO QUE LA COBERTURA DE TALES SERVICIOS NO PUEDE SER GARANTIZADA CON EL PERSONAL ACTUALMENTE ADSCRITO Y/O CONTRATADO, ESTA ALCALDÍA, CONFORME AL PROTOCOLO DE CONTRATACIÓN LABORAL DE CARÁCTER TEMPORAL, HA APROBADO LAS BASES QUE REGIRÁN LA SIGUIENTE SELECCIÓN
CONTRATACIÓN TEMPORAL DE MONITORES/AS DE PADEL Y TENIS
EN CONSECUENCIA, SE PODRÁN PRESENTAR LAS INSTANCIAS CONFORME A LOS
MODELOS Y DOCUMENTACIÓN HASTA EL PRÓXIMO DÍA 26 DE MARZO DE 2021, INCLUSIVE.
A DICHAS INSTANCIAS, DEBERÁ ACOMPAÑARSE LA DOCUMENTACIÓN CONTEMPLADA EN LAS CITADAS BASES, ADVIRTIÉNDOSE DE QUE LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE DICHA DOCUMENTACIÓN NO SERÁ SUBSANABLE Y SUPONDRÁ LA NO ADMISIÓN DE LAS SOLICITUDES, QUE SE TENDRÁN POR NO PRESENTADAS.
LAS SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN HABRÁN DE PRESENTARSE EN EL REGISTRO DE LA E.M.F.E. O EN CUALQUIERA DE LAS OFICINAS HABILITADAS POR LA LEY 39/21015, DE 1 DE OCTUBRE.
Villanueva del Arzobispo, a la fecha de su firma.
EL ALCALDE,
Gabriel Fajardo Patón
ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 2020/21
![](https://villanuevadelarzobispo.es/wp-content/uploads/2020/10/EMD-20-21nt-709x1024.jpg)
La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo a través de su Escuela Municipal de Deportes ponemos en marcha la campaña de ESCUELAS DEPORTIVAS 2020/21. Teniendo en cuenta la Orden de 11 de septiembre proveniente de la Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía, Desde la Concejalía de deportes estamos confeccionando un PROTOCOLO ESPECÍFICO que regule el uso y las actuaciones en nuestras instalaciones deportivas frente a la pandemia para el deporte de equipo en el que pueda existir riesgo de contacto, cuyos rasgos principales son los siguientes:
1º.- Estricto control de acceso con medidas de seguridad y control programado de entradas y salidas: higiene manos, pies, toma temperatura y aportación de datos.
2º.- Reducción de la posibilidad de concentración instando a los practicantes a permanecer en los recintos el tiempo preciso para la práctica deportiva y mediante la decisión de impedir la existencia de público, salvo para los partidos oficiales de competición si un club lo solicita y se hace cargo de ello.
3º.- Control exigente de cumplimiento de medidas de seguridad en la permanencia en el interior de los recintos.
4º.- Exigencia para los clubes de cumplimiento del presente protocolo y el de la Federación Andaluza correspondiente.
5º.- Continuación del cierre provisional controlado de vestuarios y salas de duchas, dado su mayor riesgo.
6º.- Práctica de reducciones posibles de horarios de apertura, creación de intervalos entre horas y desarrollo de cuadrante de trabajadores con turnos para mejorar el plan de desinfección e higienización.
7º.- Exigencia de creación de grupos estables en cualquier práctica de deporte con contacto, federado o no.
8º.- Obligatoriedad de reservas previas para la utilización de instalaciones.
9º.- Firme advertencia de expulsión en caso de incumplimiento de medidas de seguridad y aplicación de un régimen sancionador.
10º.- Nombramiento de Coordinador Covid de las instalaciones y exigencia de aportación de coordinadores de los clubes.
11º.- Clausura de bancos, fuentes, parques infantiles y zonas de banquillos.
12º.- Aumento de comunicaciones de interés con colectivos y mejora de la señalética en las instalaciones y publicitación del protocolo.
Dicha orden, se dirige principalmente a prestar cobertura legal al Deporte en el que exista la probabilidad de contacto, argumentando una necesaria colaboración en la reactivación económica y que los perjuicios para la salud de la inactividad física podrían ser más contraproducentes que el riesgo de contagio.